ADVIERTEN SANCIONES POR INFRINGIR VEDA DEL CAMARÓN
Desde el 02 de enero se prohíben la extracción, procesamiento, transporte y comercialización del camarón de río, por tanto la Gerencia Regional de la Producción advirtió sanciones a los que infrinjan la veda.
El Gobierno Regional de Arequipa por intermedio de la Gerencia Regional de la Producción comunicó a las organizaciones de extractores de camarón de río (Crypiops camentarius), acopiadores, comerciantes y transportistas de camarón, así como a las autoridades y público en general que en afán de proteger a este recurso durante el periodo reproductivo, el Ministerio de la Producción declaró la veda para el recurso camarón en toda la vertiente occidental de los andes, mediante Resolución Ministerial N° 541-2019-PRODUCE a partir del 02 de enero al 31 de marzo del 2020.
En tal sentido queda terminantemente prohibido extraer, comercializar, transportar y procesar en cualquiera de sus formas el recurso camarón de río, de acuerdo al Art.1° de la Resolución Ministerial N° 541-2019-PRODUCE, las personas que infrinjan la mencionada norma serán sujetas a las sanciones administrativas y penales a que hubiere lugar.
Antes de que se inicie la veda, las autoridades -encabezadas por el Ministerio de la Producción (Produce)- iniciaron campañas informativas para que los ciudadanos sepan qué especies pueden consumir.
La Gerencia Regional de la Producción notificó que dado la norma fue publicada con anticipación no se expedirá documento alguno de verificación de stock a fin de evitar ventas clandestinas, para evitar los decomisos y las sanciones que establece la ley.